Referencia histórica. Los importes de esta página describen el ciclo cerrado 2022-2025. A 28 de julio de 2026 no hay convocatoria abierta para nuevas solicitudes, así que ninguna cifra debe leerse como un importe garantizado para el futuro.
Qué cubría el bono por segmento
| Segmento | Plantilla | Bono máximo |
|---|---|---|
| Segmento III | 0 a menos de 3 empleados, incluido autoempleo | 3.000 € |
| Puesto de trabajo seguro | Solo segmento III, con otro acuerdo validado | 1.000 € |
| Segmento II | 3 a menos de 10 empleados | 6.000 € |
| Segmento I | 10 a menos de 50 empleados | 12.000 € |
«Hasta» significa máximo total, no importe por categoría. El bono se reparte entre uno o varios acuerdos y cada categoría del catálogo tiene su propio límite. Las convocatorias dirigidas a medianas empresas manejaron tramos distintos y superiores.
Las cinco partidas que paga el beneficiario
- El impuesto indirecto. IVA en la Península y Baleares, IGIC en Canarias, IPSI en Ceuta y Melilla. Nunca es subvencionable. Con un agente canario dejas de adelantarlo, y si tienes deducción plena su coste final es cero.
- La diferencia sobre el importe asignado. Si la solución vale más que la cuantía imputada al acuerdo, el exceso es tuyo.
- Todo lo que queda fuera de alcance. Redacción de contenidos, fotografía, traducciones, migraciones de datos, integraciones con terceros o campañas de publicidad.
- Las renovaciones. Dominio, alojamiento, licencias, mantenimiento y soporte al terminar el periodo subvencionado.
- Tu tiempo. Aportar materiales, validar entregas y colaborar en la justificación. No es una factura, pero es un coste real.
Ejemplo de presupuesto a tres años
Escenario ilustrativo de una solución de sitio web con base de 2.000 € para un negocio peninsular con derecho a deducción plena que contrata a un agente establecido en Canarias.
| Concepto | Importe | Quién lo asume |
|---|---|---|
| Solución incluida en el acuerdo | 2.000 € | Bono, tras justificación |
| IVA sobre la base | 420 € autoliquidados | Neutro si deduces todo |
| Contenidos y fotografía fuera de alcance | 300 € + impuesto | Beneficiario |
| Renovación años 2 y 3 | Según contrato | Beneficiario si continúa |
| Desembolso estimado del beneficiario | 300 € + renovaciones | — |
Es un ejemplo explicativo, no un presupuesto ni una regla fiscal. Si no tienes derecho a deducción plena, súmale la parte no deducible del impuesto: consulta tu caso en el semáforo.
Las seis preguntas que debes hacer antes de firmar
- ¿Qué razón social y NIF firman el acuerdo y desde qué establecimiento se factura?
- ¿Qué entregables concretos entran en la base imputada al bono?
- ¿Qué partidas quedan fuera y cuánto cuestan con su impuesto?
- ¿Quién será titular del dominio, del alojamiento, de las cuentas y de los datos?
- ¿Qué licencias se incluyen, durante cuánto tiempo y a qué precio se renuevan?
- ¿Quién prepara la justificación y qué tengo que aportar yo, y en qué plazo?
Preguntas frecuentes
- ¿El bono llega a mi cuenta bancaria?
- No. El beneficiario cede al agente digitalizador el derecho de cobro asociado al acuerdo. El agente presta la solución y presenta la justificación, y Red.es abona el importe una vez comprobada cada fase.
- ¿Puedo usar el bono para pagar el IVA?
- No. Las bases reguladoras excluyen los impuestos indirectos de los conceptos subvencionables. El IVA, el IGIC y el IPSI son siempre por cuenta del beneficiario.
- ¿Y si la solución cuesta más que el importe asignado?
- La diferencia la paga el beneficiario. Conviene pedir el desglose entre la parte imputada al acuerdo y la parte que abonas directamente antes de firmar.