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Revisión de una factura o propuesta

Una factura mal emitida se arrastra durante toda la justificación. La revisamos antes de que la pagues o la contabilices, no después.

Actualizado: 28 de julio de 2026

Qué comprobamos

  • La mención obligatoria. Si aplica la inversión del sujeto pasivo, la factura debe decirlo expresamente y llegar sin cuota de IVA. Si no aplica, debe desglosar el impuesto.
  • El emisor. Que quien factura sea exactamente el agente digitalizador adherido que firma el acuerdo, con su NIF, y no otra sociedad del grupo.
  • El desglose económico. Base imputada al bono, parte que pagas tú y impuesto, separados. Un «total todo incluido» impide justificar bien.
  • Las fechas y el concepto. Que el concepto coincida con la categoría contratada y las fechas encajen con las fases del acuerdo.

Qué no hacemos

  • No emitimos ni rectificamos facturas: eso corresponde al proveedor.
  • No contabilizamos la operación en tus libros.
  • No mediamos en disputas comerciales con el agente; te damos los argumentos técnicos.

Cómo funciona

  1. Nos la envías

    La factura o la propuesta, tachando lo que quieras salvo emisor, conceptos e importes.

  2. La contrastamos

    Con el catálogo oficial de agentes adheridos y con los requisitos formales de facturación.

  3. Recibes el resultado

    Correcta, o una lista de puntos concretos que pedir por escrito antes de pagar.

El error más repetido que vemos: facturas de un prestador canario a un cliente peninsular que llegan «sin IVA» pero sin la mención de inversión del sujeto pasivo, o con un IGIC repercutido que el cliente peninsular no debía soportar. Ambos casos se corrigen fácil antes de pagar y muy mal después.

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Envíanos tu factura o propuesta

Resume el caso en el mensaje y te decimos si el documento está bien emitido o qué debe corregirse.

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